La primera indica el momento en el que el producto deja de ser seguro, mientras que la segunda señala un descenso de la calidad, no de la seguridad.
Fecha de caducidad y consumo preferente son dos conceptos que no deben confundirse. Mientras la primera advierte sobre el día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para su consumo (desde el punto de vista sanitario), el consumo preferente hace referencia al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud. La diferencia parece clara y, sin embargo, no lo es tanto. Así lo han detectado responsables del Gobierno de Reino Unido: los consumidores no hacen distinciones entre fecha de caducidad y consumo preferente, y desechan el alimento que ha sobrepasado la fecha establecida. Tampoco gestionan de forma adecuada sus recursos con la planificación, el almacenamiento y la administración correcta de los alimentos. El resultado es un pésimo manejo de los recursos alimenticios, ya que se desperdician 8,3 millones de toneladas de alimentos y bebidas, que acaban cada año en la basura.
- Fecha de vencimiento. A partir de ella, el producto no se debe ingerir, ya que no es adecuado para su consumo. No obstante, se puede tomar el producto hasta el mismo día en el que aparece la fecha. Esta fórmula se utiliza en alimentos muy perecederos desde el punto de vista microbiológico: pasteurizados (leche, yogur, cremas), carnes o envasados al vacío. Son alimentos de elevado riesgo que pueden suponer un peligro para la salud tras un periodo corto de tiempo. En ellos se indica la leyenda «Fecha de vencimiento» seguida de la fecha (o la indicación del lugar donde se especifica), que consistirá en día, mes y año, en este orden. Estas informaciones se completan con una descripción de las condiciones de conservación del alimento.
- Consumo preferente. Es el tiempo en el que un producto sin abrir mantiene sus propiedades en condiciones adecuadas de conservación. Pasada esta fecha, la calidad del producto puede disminuir, pero en ningún caso conlleva problemas para la salud. Se utiliza en alimentos con poca agua (aceite, legumbres, cereales), deshidratados (purés, sopas), esterilizados (latas, cajas de leche) y en huevos. La fecha de consumo preferente o duración mínima de un alimento es la fecha hasta la cual el producto mantiene sus propiedades específicas, siempre que se guarde en unas condiciones de conservación adecuadas. Se comunicará precedida de «consumir preferentemente antes del…», cuando se especifique el día, o «consumir preferentemente antes del fin de o de finales de…», en los demás casos. En ocasiones, esta información deberá completarse con las condiciones de conservación que deben respetarse para asegurar la duración indicada. La fecha estará compuesta por la indicación clara y ordenada de día, mes y año. No obstante, en los alimentos cuya duración sea inferior a tres meses, aparece solo el día y mes.
Algunos alimentos no requieren indicaciones de fecha de duración, como frutas y hortalizas frescas sin procesar, vinos, productos de panadería de consumo inmediato, sal de cocina y vinagres, azúcar, productos de confitería elaborados casi de forma exclusiva con este ingrediente o gomas de mascar.
En ambos casos -caducidad y consumo preferente- la fecha indica el momento concreto en que termina el período de comercialización de un producto y, por tanto, de su retirada de las estanterías. Conviene saber que si el consumidor adquiere un alimento «pasado de fecha» tiene derecho a que el vendedor se lo restituya por uno cuya fecha de caducidad o de consumo preferente no haya pasado.
FUENTE: Eroski Consumer
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- 13/06/2012 1 Comment Posted in: DOSSIER Tags: featured', investigación, vencimiento